Preguntas frecuentes
Contrato
Renovación de contrato
Finalización de contrato
Devolución de fianza, garantía y aval bancario
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Otras cuestiones generales
Contrato
La fianza no devenga interés en favor del arrendatario, y será devuelta al finalizar el contrato, dentro del mes siguiente al día en que se devuelvan las llaves y una vez comprobado el buen estado de la vivienda, estar al corriente de pago, etc…
El incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de un contrato puede ocasionar que las cantidades entregadas como fianza o depósito de garantía no sean devueltas como indemnización contractual.
El incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de un contrato puede ocasionar que las cantidades entregadas como fianza o depósito de garantía no sean devueltas como indemnización contractual.
El depósito de garantía es un complemento adicional para garantizar económicamente que el contrato de arrendamiento será cumplido por el inquilino en cualquiera de sus apartados.
Este depósito aparece reflejado en el contrato estipulación de FIANZA, GARANTÍA ADICIONAL Y LIQUIDACIÓN DE LAS MISMAS. Tanto la fianza como el depósito de garantía serán devueltos a la finalización del contrato de arrendamiento previa constatación del cumplimiento de tus obligaciones contractuales.
Este depósito aparece reflejado en el contrato estipulación de FIANZA, GARANTÍA ADICIONAL Y LIQUIDACIÓN DE LAS MISMAS. Tanto la fianza como el depósito de garantía serán devueltos a la finalización del contrato de arrendamiento previa constatación del cumplimiento de tus obligaciones contractuales.
Simplemente tienes que abrir la petición 'Solicitud carta depósito de fianza'.
Los contratos de arrendamiento que en origen hubieran aportado un aval bancario, al vencimiento de dicho contrato, el aval bancario será devuelto una vez realizada la liquidación del mismo. En el caso de que se formalice un nuevo contrato, éste será sustituido por un importe equivalente a dos mensualidades de renta.
El arrendatario está obligado a tener contratado, durante todo el tiempo de vigencia del contrato de arrendamiento, o de sus prórrogas, un seguro de responsabilidad civil que cubra los daños a terceros y/o el contenido del INMUEBLE, con una entidad aseguradora de reconocida solvencia.
En este sentido, el Arrendatario tiene que hacer entrega al Arrendador de una copia del contrato de dicho seguro y aportarle anualmente el recibo de su pago.
Asimismo, en caso de sustituir la póliza contratada por otra deberá de facilitárnosla a través del Portal del Inquilino. Para facilitarnos estos documentos, abre una Petición Administrativa en el Portal del Inquilino, en la Categoría “Seguros Hogar” y en su Subcategoría “Seguros de hogar” y aportárnoslos en ella.
La Ley establece claramente que el inquilino es el responsable de lo que ocurra en su vivienda. Por ello, si se ocasiona un siniestro (inundación, incendio, rotura, etc.) deberá hacerse cargo de la reparación.
Es por lo que, para evitar la desprotección ante un accidente doméstico, deberá contratar un seguro de responsabilidad civil.
En este sentido, el Arrendatario tiene que hacer entrega al Arrendador de una copia del contrato de dicho seguro y aportarle anualmente el recibo de su pago.
Asimismo, en caso de sustituir la póliza contratada por otra deberá de facilitárnosla a través del Portal del Inquilino. Para facilitarnos estos documentos, abre una Petición Administrativa en el Portal del Inquilino, en la Categoría “Seguros Hogar” y en su Subcategoría “Seguros de hogar” y aportárnoslos en ella.
La Ley establece claramente que el inquilino es el responsable de lo que ocurra en su vivienda. Por ello, si se ocasiona un siniestro (inundación, incendio, rotura, etc.) deberá hacerse cargo de la reparación.
Es por lo que, para evitar la desprotección ante un accidente doméstico, deberá contratar un seguro de responsabilidad civil.
En la sección Contratos del Portal tienes que seleccionar el contrato que buscas y navegar hasta el apartado Documentación del Contrato.
El cambio de titular del contrato de arrendamiento sólo se concede en los casos que se contemplan en la Ley de Arrendamientos Urbanos, en su Art. 15 (separación, divorcio o nulidad del matrimonio del Arrendatario) y Art. 16 (Muerte del Arrendatario), ambos incluidos en el Capítulo II: De la duración del contrato, previa justificación de los mismos
En la sección Contratos debes seleccionar el contrato y buscar el documento en los apartados Documentación del contrato, Documentación de la promoción u Otros documentos.
Renovación de contrato
Antes del vencimiento del contrato te notificaremos el vencimiento del mismo vía email certificado y/o burofax.
En el caso de recibir una propuesta con nuevas condiciones, tendrás que solicitar mediante el Portal del Inquilino la firma de un nuevo contrato, siempre que todos los titulares del contrato cumplan los requisitos necesarios. Para su verificación deberás de aportar la documentación que acredite este cumplimiento. En este caso, antes de la firma de dicho contrato, dispondrás del borrador del contrato con toda la información para proceder a la firma. El contrato podrás firmarlo telemáticamente a través del Portal del Inquilino.
En el caso de recibir una propuesta con nuevas condiciones, tendrás que solicitar mediante el Portal del Inquilino la firma de un nuevo contrato, siempre que todos los titulares del contrato cumplan los requisitos necesarios. Para su verificación deberás de aportar la documentación que acredite este cumplimiento. En este caso, antes de la firma de dicho contrato, dispondrás del borrador del contrato con toda la información para proceder a la firma. El contrato podrás firmarlo telemáticamente a través del Portal del Inquilino.
Sí. La fianza debe actualizarse abonando la diferencia entre la antigua y la nueva en la cuenta corriente de la sociedad del arrendador correspondiente.
Antes del vencimiento del contrato te notificaremos el vencimiento del mismo vía email certificado y/o burofax.
En el caso de recibir una propuesta con nuevas condiciones, tendrás que solicitar mediante el Portal del Inquilino la firma de un nuevo contrato, siempre que todos los titulares del contrato cumplan los requisitos necesarios. Al ser un contrato protegido, debe aportar, también, la documentación obligatoria que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos por la Comunidad Autónoma correspondiente a fin de poder alquilar una vivienda de VPP. En este caso, antes de la firma de dicho contrato, dispondrás del borrador del contrato con toda la información para proceder a la firma. El contrato podrás firmarlo telemáticamente a través del Portal del Inquilino.
En el caso de recibir una propuesta con nuevas condiciones, tendrás que solicitar mediante el Portal del Inquilino la firma de un nuevo contrato, siempre que todos los titulares del contrato cumplan los requisitos necesarios. Al ser un contrato protegido, debe aportar, también, la documentación obligatoria que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos por la Comunidad Autónoma correspondiente a fin de poder alquilar una vivienda de VPP. En este caso, antes de la firma de dicho contrato, dispondrás del borrador del contrato con toda la información para proceder a la firma. El contrato podrás firmarlo telemáticamente a través del Portal del Inquilino.
En primer lugar, tu contrato tiene que estar próximo a su vencimiento, y seremos nosotros quienes te lo comunicaremos vía email certificado y/o Burofax.
Otra condición imprescindible para renovar es que estés al corriente de todas tus obligaciones con nosotros y, además de, cumplir los requisitos necesarios para la renovación.
Otra condición imprescindible para renovar es que estés al corriente de todas tus obligaciones con nosotros y, además de, cumplir los requisitos necesarios para la renovación.
Sí, en el caso de que un titular no quiera firmar nuevo contrato, deberá de abrir una petición administrativa de cambio de titularidad para que conste su decisión. Asimismo, el titular que quiera permanecer, deberá de presentar la documentación requerida para acreditar el cumplimiento de requisitos. solicitar por el Portal del Inquilino.
Sí. Siempre que cumpla los requisitos necesarios y para ello, presente la documentación que se le requiera.
Finalización de contrato
Antes de dar el paso de finalizar tu(s) contrato(s) con nosotros debes tener en cuenta las condiciones que se han establecido en tu(s) contrato(s). Ten en cuenta que puedes resolver el contrato dando el preaviso a través del Portal del Inquilino con un mínimo de 30 días (15 días si es garaje o trastero). En el caso de que no des el preaviso establecido, se podrán aplicar las sanciones contempladas en el contrato. Te recordamos además que el preaviso de 30 días (15 días si es garaje o trastero) no significa necesariamente la devolución íntegra de la fianza, ya que se tiene que realizar con posterioridad la liquidación del contrato y tenemos que inspeccionar la vivienda, analizar que estás al corriente de los pagos, etc.
Lo puedes hacer a través de la petición administrativa Solicitud de finalización de contrato. Es obligatorio que escojas el día que vas a acudir a la entrega de llaves, que indiques si finalizas todos tus contratos, que leas de nuevo las condiciones de finalización de contrato y las marques como leídas. El acto se realizará en el inmueble y se pondrán en contacto con usted para fijar día y hora de entrega.
En el caso de que tenga que MODIFICAR LA FECHA ELEGIDA de entrega de llaves, deberá DESESTIMAR esta Petición Administrativa y CREAR una nueva, indicando la nueva fecha en que desea entregar las llaves.
Tenga en cuenta que EL TIEMPO DE PREAVISO comenzará a contar de nuevo cada vez que abra una petición administrativa cambiando la fecha de entrega de llaves.
Te recordamos que la cita elegida marca el preaviso dado y se facturará hasta la entrega de las llaves.
En el caso de que tenga que MODIFICAR LA FECHA ELEGIDA de entrega de llaves, deberá DESESTIMAR esta Petición Administrativa y CREAR una nueva, indicando la nueva fecha en que desea entregar las llaves.
Tenga en cuenta que EL TIEMPO DE PREAVISO comenzará a contar de nuevo cada vez que abra una petición administrativa cambiando la fecha de entrega de llaves.
Te recordamos que la cita elegida marca el preaviso dado y se facturará hasta la entrega de las llaves.
En el caso de que tengas que MODIFICAR LA FECHA ELEGIDA de entrega de llaves, deberá DESESTIMAR esta Petición Administrativa y CREAR una nueva, indicando la nueva fecha en que desea entregar las llaves. Tenga en cuenta que EL TIEMPO DE PREAVISO comenzará a contar de nuevo cada vez que abra una petición administrativa cambiando la fecha de entrega de llaves
Te pedimos que, si es posible, nos indiques en las observaciones de la petición que quieres continuar con tu contrato de alquiler. En cualquier caso, asegúrate siempre de DESESTIMAR tu petición de Solicitud de finalización de contrato.
La vivienda y anejos deben quedar en el mismo estado que se le entregaron, salvo el desgaste normal por el uso ordinario.
• Libre de enseres, personas y animales.
• Con las paredes pintadas del mismo color en que se entregaron.
• Completamente limpia (incluyendo electrodomésticos, extractores y hornos).
• Con los agujeros de las paredes y los alicatados tapados con masilla.
• Si hubiera luminarias estilo plafones o halógenos, pueden dejarlos o retirarlos tapando los huecos.
En el caso de querer dejar algún elemento o mobiliario adicional, y teniendo en cuenta que en ningún caso habrá una compensación económica por parte del Arrendador, sólo podrá dejar:
• Mamparas de baño en buen estado.
• Espejos de baño simples, sin dibujos, sin marco, con o sin luz incorporada.
• Muebles de baño compuestos por cajones, lisos, sin tiradores, y lavabo cuadrado encastrado.
• Cajoneras de armarios, siempre y cuando sean del mismo color/tono del acabado del armario.
• Aplique de terraza estanca.
• Aire acondicionado.
Cualquier otro mobiliario o enser distinto a los anteriormente indicados serán considerados basura y, por tanto, retirados por el Arrendador a costa del Arrendatarios. El coste incurrido por el Arrendador en dicha retirada será descontado del importe de la finanza y/o garantías adicionales
• Libre de enseres, personas y animales.
• Con las paredes pintadas del mismo color en que se entregaron.
• Completamente limpia (incluyendo electrodomésticos, extractores y hornos).
• Con los agujeros de las paredes y los alicatados tapados con masilla.
• Si hubiera luminarias estilo plafones o halógenos, pueden dejarlos o retirarlos tapando los huecos.
En el caso de querer dejar algún elemento o mobiliario adicional, y teniendo en cuenta que en ningún caso habrá una compensación económica por parte del Arrendador, sólo podrá dejar:
• Mamparas de baño en buen estado.
• Espejos de baño simples, sin dibujos, sin marco, con o sin luz incorporada.
• Muebles de baño compuestos por cajones, lisos, sin tiradores, y lavabo cuadrado encastrado.
• Cajoneras de armarios, siempre y cuando sean del mismo color/tono del acabado del armario.
• Aplique de terraza estanca.
• Aire acondicionado.
Cualquier otro mobiliario o enser distinto a los anteriormente indicados serán considerados basura y, por tanto, retirados por el Arrendador a costa del Arrendatarios. El coste incurrido por el Arrendador en dicha retirada será descontado del importe de la finanza y/o garantías adicionales
Sí, los electrodomésticos son propiedad del Arrendador y han de quedar limpios y en buen estado de uso.
La vivienda al igual que el trastero y la plaza de garaje, deberán quedar libre de enseres, personas y animales. Cualquier mobiliario o enser olvidado y/o dejado voluntariamente en la vivienda o anejos, una vez realizada la entrega de llaves, serán considerados desechos y, por tanto, retirados por el Arrendador a costa del Arrendatario. El coste incurrido por el Arrendador en dicha retirada será descontado del importe de la finanza y/o garantías adicionales, así como reflejado en el informe de desperfectos de la vivienda.
El día de la cita se entregarán todas las llaves del inmueble principal, anejos y zonas comunes, agrupadas según su destino (llaves de la vivienda, llaves del trastero, llaves del portal, etc.), y la documentación que recibió junto con las llaves. *(Tarjetas/pulseras piscina: en el caso de que se gestionara la entrega por un tercero, y no por parte de la Propiedad, se deberá gestionar la devolución estos de la misma forma en que se realizó la entrega incluido el depósito dejado, si existiera). En el caso de que no se haga entrega del mando y/o llave magnética del garaje y de las pulseras y/o tarjetas de acceso a la piscina, el importe se descontará de la fianza. El documento de resolución lo tienen que firmar los titulares del contrato, si uno de ellos no pudiera acudir, deberá autorizar al otro a firmar en su nombre presentando copia del DNI. También puede firmar otra persona presentando autorización firmada por los titulares y copia de los DNI
Las llaves se han de entregar en la ubicación del inmueble arrendado.
El informe de resolución se realiza por parte de nuestros técnicos aproximadamente 10 días después de la entrega de llaves
Únicamente se realiza de manera conjunta la revisión si viene especificado en alguna de las cláusulas de su contrato. En caso de no especificarse, la visita de nuestros técnicos se realizará aproximadamente 10 días después de la entrega de llaves
Devolución de fianza, garantía y aval bancario
Tras la entrega de llaves y finalización formal del contrato, siempre y cuando no haya ningún tipo de incumplimiento del contrato o de sus cláusulas, se abre el proceso de liquidación de fianza cuyas etapas y estados podrás seguir en el Portal del Inquilino. Será necesario por tu parte que valides cierta documentación que pondremos a tu disposición, primero el informe de desperfectos de la vivienda con su valoración y después la liquidación de importes del contrato.
Te mostraremos en el contrato los diferentes estados por los que pasa tu fianza además de enviarte correos informativos a tu dirección de email. En ciertas etapas de la devolución haremos referencia a la petición Consulta de estado devolución fianza para que te pongas en contacto con nosotros.
Tras la entrega de llaves y finalización formal del contrato, siempre y cuando no haya ningún tipo de incumplimiento del contrato o de sus cláusulas. El importe será devuelto en su liquidación del contrato.
En el caso de suministros gestionados por un gestor energético, el inquilino deberá tramitar la baja del servicio para la fecha en que dejará la vivienda. Para otros suministros en los que la propiedad se encargó del cambio de titularidad inicial, no será necesario que gestiones la baja. Nosotros realizaremos el cambio de titularidad correspondiente. En todos los casos, será imprescindible que nos aportes un justificante que acredite estar al corriente de pago con las compañías suministradoras.
Para inmuebles ubicados fuera de la Comunidad de Madrid la baja del suministro de agua será tramitada por el Arrendatario en el plazo máximo de 10 días a contar desde la fecha de la entrega de llaves y firma del documento de resolución. Dentro del citado plazo, deberá, asimismo, entregar una copia del justificante de la citada baja a través del Portal del Inquilino, mediante la apertura de una petición administrativa (categoría “Contratos Finalizados”, subcategoría “Baja suministro contrato agua”). En el supuesto de que en el plazo indicado no se tramite la baja y aporte el correspondiente justificante, el Arrendador penalizará con 150 € que serán descontados del importe de la fianza y/o garantías entregadas.
Para inmuebles ubicados fuera de la Comunidad de Madrid la baja del suministro de agua será tramitada por el Arrendatario en el plazo máximo de 10 días a contar desde la fecha de la entrega de llaves y firma del documento de resolución. Dentro del citado plazo, deberá, asimismo, entregar una copia del justificante de la citada baja a través del Portal del Inquilino, mediante la apertura de una petición administrativa (categoría “Contratos Finalizados”, subcategoría “Baja suministro contrato agua”). En el supuesto de que en el plazo indicado no se tramite la baja y aporte el correspondiente justificante, el Arrendador penalizará con 150 € que serán descontados del importe de la fianza y/o garantías entregadas.
Tras la revisión de la vivienda pondremos a tu disposición, previa notificación, el informe de desperfectos imputados, que puedes consultar en tu contrato en el apartado
En este informe se detalla el importe a pagar/devolver. Una vez que estemos en esta etapa, no se tendrán en cuenta reclamaciones de desperfectos, puesto que el periodo para ello reclamar el informe de desperfectos habrá finalizado. Únicamente se atenderán reclamaciones del resto de importes incluidos en la liquidación. Puedes consultar el citado documento en tu contrato, en el apartado Otros documentos. Paralelamente te abriremos una petición administrativa denominada Liquidación contrato informe importes donde puedes, en el caso de discrepar de los resultados del informe, reclamar una corrección, siempre y cuando aportes documentos que acrediten su veracidad. Te recordamos que dispones de 5 días naturales para cualquier reclamación. Pasado ese tiempo daremos por hecho tu conformidad con el informe, dando paso a la siguiente etapa de la devolución de la fianza.
En la sección Contratos debes seleccionar el contrato objeto de liquidación y buscar el documento correspondiente en el apartado Otros Documentos.
Si al finalizar tu contrato de alquiler aplica la devolución de tu fianza, por defecto depositaremos la misma en la cuenta corriente donde tienes domiciliados tus recibos. En el caso de que prefieras que se realice el ingreso en otra cuenta corriente tienes que crear la petición Solicitud cambio de cuenta bancaria. Para su tramitación necesitamos:
1) Selecciones la solicitud del cambio igual a Devolución Fianza.
2) Nos indiques si eres el titular o no de la cuenta corriente. En el caso de que no seas el titular de la cuenta bancaria, será imprescindible que presentes el documento identificativo vigente del titular de la cuenta y una autorización firmada por todos los arrendatarios aceptando el pago de la liquidación a ese titular.
3) Finalmente debes acreditar la titularidad de la cuenta bancaria, adjuntando un certificado de la cuenta justificando la titularidad
1) Selecciones la solicitud del cambio igual a Devolución Fianza.
2) Nos indiques si eres el titular o no de la cuenta corriente. En el caso de que no seas el titular de la cuenta bancaria, será imprescindible que presentes el documento identificativo vigente del titular de la cuenta y una autorización firmada por todos los arrendatarios aceptando el pago de la liquidación a ese titular.
3) Finalmente debes acreditar la titularidad de la cuenta bancaria, adjuntando un certificado de la cuenta justificando la titularidad
En el caso de que reciba un cargo de la empresa suministradora correspondiente a un periodo de tiempo posterior a la fecha de salida de la vivienda, le rogamos que proceda a la creación de una petición administrativa con categoría
Pago online
Por supuesto, para hacerlo tienes que acceder al área de Recibos y pagos del Portal del Inquilino e introducir la cantidad a pagar en los recibos que tengan el estado Impagado o Pendiente. Recuerda que en un solo pago puedes agrupar varios recibos.
Una vez hayas efectuado el pago con tu tarjeta de crédito el estado del recibo o recibos que has pagado aparecerán En trámite. Esto quiere decir que estamos revisando el pago que has efectuado. Una vez concluyamos la revisión, normalmente en el plazo de un día o dos hábiles, verás el recibo en otro estado (cobrado, impagado...).
Sí, puedes pagar un recibo parcialmente. Una vez efectúes el pago de un recibo el estado del mismo será En trámite. Normalmente al día hábil siguiente de efectuar el pago puedes consultar el estado del recibo, si es impagado puedes volver a efectuar el pago del nuevo importe pendiente.
Te informamos que los únicos medios de pago son VISA y Mastercard. Puedes consultar el aviso legal del Portal del Inquilino para mayor detalle.
Puedes consultar el aviso legal del Portal del Inquilino para mayor detalle.
Las tarjetas de crédito están sujetas a comprobaciones y autorizaciones por parte de la entidad emisora de las mismas, pero si dicha entidad no autorizase el pago, el arrendador no se hará responsable de la imposibilidad de efectuar el pago.
Facturación
En el apartado Recibos y pagos puedes seleccionar el recibo y acceder a su detalle.
Sí, en el apartado Recibos y pagos puedes seleccionar el recibo que quieras y descargártelo desde la flecha situada en la parte derecha de la tabla. Te recordamos que se trata de una copia, y que en ningún caso justifica el pago de éste.
Cuando tu contrato cumple un año, posiblemente tenga un incremento de renta sujeta a revisión por IPC/IRAV, este dato tiene que venir reflejado en las cláusulas del contrato, en el apartado Renta o actualización de renta, se indica la fecha en la que se actualizará su contrato así como el índice (mes) a utilizar.
Éste se aplica siempre a mes vencido y teniendo en cuenta los días del mes anterior.
Por ejemplo, si su contrato cumple un año de vigencia el día 20 de abril y viene especificado que a partir del segundo año su renta se incrementará en 30€, en el recibo de mayo su recibo será de 40€ más, 30€ de la subida de mayo y 10€ de la subida de abril prorrateada por los 10 días. Los meses siguientes el recibo se verá aumentado en 30€ con respecto al mes de abril. Si su contrato indica que la actualización es el día 1 de mayo, su contrato actualizará el importe de la renta en el mismo recibo de mayo
Éste se aplica siempre a mes vencido y teniendo en cuenta los días del mes anterior.
Por ejemplo, si su contrato cumple un año de vigencia el día 20 de abril y viene especificado que a partir del segundo año su renta se incrementará en 30€, en el recibo de mayo su recibo será de 40€ más, 30€ de la subida de mayo y 10€ de la subida de abril prorrateada por los 10 días. Los meses siguientes el recibo se verá aumentado en 30€ con respecto al mes de abril. Si su contrato indica que la actualización es el día 1 de mayo, su contrato actualizará el importe de la renta en el mismo recibo de mayo
El IBI se puede repercutir de forma mensual o anual según se indique en su contrato:
• Mensual: el IBI se repercutirá en base al importe del año anterior, prorrateado en 12 mensualidades, se factura en el mismo recibo que la renta. Una vez el Ayuntamiento emita todos los cargos correspondientes al año en curso, se procederá a realizar la liquidación de IBI (normalmente se liquidará en los primeros meses del año siguiente, marzo/abril).
• Según pago: el importe total de IBI se repercutirá en un solo mes, junto al recibo de renta, en función del cargo realizado por el Ayuntamiento en el año en curso.
• Mensual: el IBI se repercutirá en base al importe del año anterior, prorrateado en 12 mensualidades, se factura en el mismo recibo que la renta. Una vez el Ayuntamiento emita todos los cargos correspondientes al año en curso, se procederá a realizar la liquidación de IBI (normalmente se liquidará en los primeros meses del año siguiente, marzo/abril).
• Según pago: el importe total de IBI se repercutirá en un solo mes, junto al recibo de renta, en función del cargo realizado por el Ayuntamiento en el año en curso.
Los suministros serán repercutidos a la mayor brevedad posible en función de los datos facilitados por las empresas encargadas de realizar las lecturas de los contadores. Serán emitidos en un recibo independiente a final de mes
Una vez firmado el contrato, será gestionado en el sistema por el Departamento Comercial. Posteriormente, pasará al Departamento de Facturación donde se contabilizará y emitirá su primer recibo. Depende de la fecha de firma del contrato el primer recibo se cobrará en los primeros días del mes o a mediados de mes.
El recibo se ajustará con la fianza.
A través de la petición administrativa Aclaración de importe de recibos corrientes seleccionando el concepto Descuentos no aplicados. Para facilitar la identificación te pediremos que nos justifiques el descuento para poder localizarlo y aplicarlo a su contrato
Al firmarse un contrato solidario para todos los arrendatarios del mismo, el sistema genera automáticamente una factura por cada titular contenido en el contrato, de manera que cada mes dichas facturas se emiten por la parte proporcional de la renta para cada titular, es decir, para 2 titulares, las facturas se generan por el 50% del importe para cada inquilino. Añadir que se emite un solo cargo bancario, es decir, que se emite una factura para cada arrendatario con la parte proporcional que le corresponde y un solo recibo por contrato con un único cargo bancario por el importe total
La tasa de basura es una tasa cuyo sujeto pasivo es la persona que se beneficia del servicio, es el único impuesto/tasa con esa condición, por eso se repercute al inquilino: Artículo 3. Sujetos pasivos. 1.- Son sujetos pasivos contribuyentes las personas físicas o jurídicas y las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 23 de diciembre, General Tributaria, que resulten beneficiadas o afectadas por la prestación del servicio en el momento del devengo. 2.- Tendrá la consideración de sujeto pasivo sustituto del contribuyente el propietario de las viviendas o locales, que podrá repercutir en su caso, las cuotas satisfechas sobre los ocupantes de los mismos, como beneficiarios del servicio. En el caso de que el titular del inmueble no coincida con el beneficiario directo del servicio, aquel deberá acreditar fehacientemente, con una antelación dos meses al inicio del periodo cobratorio de la tasa , el sujeto beneficiario de la misma mediante la presentación de la oportuna documentación si desea que el recibo de la tasa sea girado directamente al sujeto beneficiario. De no presentarse la documentación en el plazo indicado, el cambio de sujeto pasivo surtirá efectos para el ejercicio tributario inmediatamente posterior. 3.- Asimismo, responderán de la deuda tributaria solidaria o subsidiariamente, los responsables tributarios en los términos del artículo 42 y 43 de la Ley 58/2003, de 23 de diciembre, General Tributaria. En su contrato se indica que la tasa de basura es a cargo del arrendatario
Los servicios y suministros propios de la vivienda arrendada (luz, agua, calefacción, aire acondicionado...) serán por cuenta exclusiva del Arrendatario, aunque los recibos vengan a nombre del Arrendador, se repercutirá el importe facilitado por las empresas distribuidoras/comercializadoras o los administradores de fincas respectivos en recibo aparte.
Cuando el contrato cumple un año posiblemente tenga una actualización de Renta, el tipo de actualización viene especificado en el mismo contrato. Si la fecha en que se produce esa actualización de renta indicada en el contrato es el día 1, la actualización se aplica desde ese mismo mes, si la fecha indicada es a partir del día 2, se verá reflejado en la renta del mes siguiente, teniendo en cuenta los días del mes anterior sujetos a la actualización.
Vivienda y Zonas Comunes
Deberás generar una petición técnica a través del Portal del Inquilino. Por este medio se te indicará el procedimiento correspondiente para el pago y la reposición de la llave o mando (incluye llaves magnéticas y carnets de acceso a piscinas). Ten en cuenta que cada edificio y sus accesos son diferentes, por lo que el proceso de reposición variará dependiendo de la solicitud.
Deberás generar una petición técnica a través del Portal del Inquilino. Por este medio se te indicará el procedimiento correspondiente para el pago y la reposición de la llave. Si es posible indica en la petición el número de llave que aún posees o el de la perdida, con la finalidad de desactivar la llave extraviada
SINIESTROS
Deberás crear una petición técnica en el Portal del Inquilino, donde adjuntes el parte con la valoración, carta de rehúse o documento proporcionado por tu aseguradora de hogar o en su defecto por un profesional homologado de la disciplina correspondiente a la incidencia reportada.
En este caso, te sugerimos informar a tu seguro de hogar para que puedan ayudarte con la incidencia. Recuerda que la vivienda debe entregarse en las mismas condiciones en que la recibiste.
La propiedad no puede asumir responsabilidad por la custodia de objetos personales que se encuentren en las viviendas y/o anejos. En caso de robo o hurto, le recomendamos comunicarlo cuanto antes a su compañía de seguros y, si lo considera necesario, presentar la denuncia ante la autoridad competente.
SUMINISTROS
Para ayudarte a resolver dudas frecuentes relacionadas con los suministros de la vivienda, te compartimos a continuación algunas indicaciones importantes:
Si experimentas un corte en alguno de estos servicios, lo primero que debes hacer es verificar que estás al corriente de pago con la compañía suministradora correspondiente, luego de confirmar esta información, si el problema persiste deberás crear una petición técnica en el Portal del inquilino en la categoría correspondiente.
En viviendas ubicadas en Madrid, la propiedad se encarga de gestionar el cambio de titularidad del suministro de agua. En el resto de las provincias, recibirás en el Welcome Pack la documentación necesaria para que puedas realizar el alta directamente con la compañía de tu zona.
Si el edificio cuenta con un gestor energético para estos servicios, independientemente de la provincia, el inquilino será responsable de realizar el alta del suministro y de gestionar cualquier incidencia directamente con dicho gestor.
En el caso de suministros gestionados por un gestor energético, el inquilino deberá tramitar la baja del servicio para la fecha en que dejará la vivienda.
Para otros suministros en los que la propiedad se encargó del cambio de titularidad inicial, no será necesario que gestiones la baja. Nosotros realizaremos el cambio de titularidad correspondiente.
En todos los casos, será imprescindible que nos aportes un justificante que acredite estar al corriente de pago con las compañías suministradoras.
Para inmuebles ubicados fuera de la Comunidad de Madrid la baja del suministro de agua, será tramitada por el Arrendatario en el plazo máximo de 10 días a contar desde la fecha de la entrega de llaves y firma del documento de resolución. Dentro del citado plazo, deberá, asimismo, entregar una copia del justificante de la citada baja a través del Portal del Inquilino, mediante la apertura de una petición administrativa (categoría Contratos Finalizados, subcategoría Baja suministro contrato agua).
Para otros suministros en los que la propiedad se encargó del cambio de titularidad inicial, no será necesario que gestiones la baja. Nosotros realizaremos el cambio de titularidad correspondiente.
En todos los casos, será imprescindible que nos aportes un justificante que acredite estar al corriente de pago con las compañías suministradoras.
Para inmuebles ubicados fuera de la Comunidad de Madrid la baja del suministro de agua, será tramitada por el Arrendatario en el plazo máximo de 10 días a contar desde la fecha de la entrega de llaves y firma del documento de resolución. Dentro del citado plazo, deberá, asimismo, entregar una copia del justificante de la citada baja a través del Portal del Inquilino, mediante la apertura de una petición administrativa (categoría Contratos Finalizados, subcategoría Baja suministro contrato agua).
La vivienda se entrega con la dotación existente y, por tanto, no se autoriza la ejecución de trabajos que impliquen un cambio permanente en la misma. A la finalización de su contrato, deberá hacer entrega de la vivienda en las mismas condiciones en que se recibió, según lo indicado en el contrato de arrendamiento.
No es posible realizar este tipo de instalación. Actualmente existen en el mercado opciones de climatización en frío portátiles (pingüinos) que te permiten gozar del mismo confort que un equipo fijo de aire acondicionado y evitar obras que le puedan incomodar al resto de vecinos. Es importante que, al adquirir este tipo de elementos, no se modifiquen paredes o ventanas (cristales).
INCIDENCIAS DE AIRE ACONDICIONADO
Los sistemas de aire acondicionado Split requieren un mantenimiento regular para funcionar de manera óptima.Es esencial comenzar por la limpieza y el mantenimiento de los filtros del aire acondicionado. Estos filtros se encargan de atrapar el polvo y los alérgenos presentes en el aire, garantizando una mejor calidad del aire interior.
¿Cómo limpiar los filtros?
1. Abre la cubierta frontal de la unidad interior del aparato y extrae los filtros. En la mayoría de los modelos, los filtros se extraen fácilmente tirando de ellos ligeramente, aunque es recomendable consultar las instrucciones del fabricante en su página web oficial.
2. Lávalos con agua fría y déjalos secar a la sombra antes de volver a colocarlos. No hagas uso de aparatos como secadores de cabello que utilizan calor para secar, ya que puedes alterar la rigidez del plástico y por ende la estructura del filtro.
3. Deja la unidad abierta hasta que se seque completamente antes de volver a colocar todo en su lugar.
En el caso de tratarse de filtros de carbón activado no deben limpiarse, ya que pueden perder sus propiedades.
Lo recomendable es hacer esto una vez al año. Sin embargo, si tu aparato es una bomba de calor y lo usas también en invierno, considera limpiar los filtros con mayor frecuencia.
Limpieza de los Tubos del Split
Además, es necesario limpiar a fondo los tubos y bandejas que se encuentran en el Split, justo detrás de los filtros. De esta manera, eliminarás todas las bacterias acumuladas.
Por último, te recomendamos que verifiques que los mandos a distancia o termostato funcionan correctamente y tengan baterías, antes de abrir una incidencia.
¿Cómo limpiar los filtros?
1. Abre la cubierta frontal de la unidad interior del aparato y extrae los filtros. En la mayoría de los modelos, los filtros se extraen fácilmente tirando de ellos ligeramente, aunque es recomendable consultar las instrucciones del fabricante en su página web oficial.
2. Lávalos con agua fría y déjalos secar a la sombra antes de volver a colocarlos. No hagas uso de aparatos como secadores de cabello que utilizan calor para secar, ya que puedes alterar la rigidez del plástico y por ende la estructura del filtro.
3. Deja la unidad abierta hasta que se seque completamente antes de volver a colocar todo en su lugar.
En el caso de tratarse de filtros de carbón activado no deben limpiarse, ya que pueden perder sus propiedades.
Lo recomendable es hacer esto una vez al año. Sin embargo, si tu aparato es una bomba de calor y lo usas también en invierno, considera limpiar los filtros con mayor frecuencia.
Limpieza de los Tubos del Split
Además, es necesario limpiar a fondo los tubos y bandejas que se encuentran en el Split, justo detrás de los filtros. De esta manera, eliminarás todas las bacterias acumuladas.
Por último, te recomendamos que verifiques que los mandos a distancia o termostato funcionan correctamente y tengan baterías, antes de abrir una incidencia.
Para reportar incidencias con este tipo de equipos, deberás generar una petición técnica a través del Portal del Inquilino. Adjunta y detalla toda la información que sea posible al crear la petición.
A continuación, te dejamos recomendaciones de los puntos que debes revisar de tu caldera o termo, antes de crear una petición técnica. Estas indicaciones te podrían ayudar a resolver el problema en el momento o contribuirán a que tengas más información para reportar tu incidencia a través del Portal del Inquilino.
Caldera
1. Las llaves de gas, tanto del contador como de la caldera deben estar abiertas.
2. Comprobadas las llaves de paso, enciende la caldera apretando el botón de on/off.
3. Comprueba la presión de agua desde el manómetro.
4. Si no tuviera presión, llénala de forma manual (suelen ser unas llaves azules o negras, que están ubicadas debajo de la caldera). Para abrir, gira a la izquierda y para cerrar, a la derecha. Presión correcta entre: 1.3mbar y 1.5mbar.
5. Abre el grifo del agua caliente y comprueba que la temperatura está a tu gusto.
Si tenemos agua caliente el proceso ha funcionado. En caso contrario deberás crear la petición en el Portal del Inquilino.
Termo
1. Verifica el suministro eléctrico (automático, enchufe), es decir, que el termo este recibiendo corriente.
2. Verifica el suministro de agua, que la llave correspondiente este abierta.
Si luego de realizar estas verificaciones, el equipo sigue sin funcionar deberás crear la petición en el Portal del Inquilino.
Caldera
1. Las llaves de gas, tanto del contador como de la caldera deben estar abiertas.
2. Comprobadas las llaves de paso, enciende la caldera apretando el botón de on/off.
3. Comprueba la presión de agua desde el manómetro.
4. Si no tuviera presión, llénala de forma manual (suelen ser unas llaves azules o negras, que están ubicadas debajo de la caldera). Para abrir, gira a la izquierda y para cerrar, a la derecha. Presión correcta entre: 1.3mbar y 1.5mbar.
5. Abre el grifo del agua caliente y comprueba que la temperatura está a tu gusto.
Si tenemos agua caliente el proceso ha funcionado. En caso contrario deberás crear la petición en el Portal del Inquilino.
Termo
1. Verifica el suministro eléctrico (automático, enchufe), es decir, que el termo este recibiendo corriente.
2. Verifica el suministro de agua, que la llave correspondiente este abierta.
Si luego de realizar estas verificaciones, el equipo sigue sin funcionar deberás crear la petición en el Portal del Inquilino.
Los radiadores no deben perder agua. Cuando enciendas la calefacción por primera vez o después de haber estado apagada durante un largo periodo de tiempo, tienes que purgar el circuito de todos los radiadores de la vivienda para sacar el aire del circuito y favorecer que el radiador trabaje más eficientemente.
Con la calefacción encendida, empieza por el radiador más alejado de la caldera (o el más bajo si son varias plantas), usa una llave para girar la válvula de cada uno en sentido antihorario hasta oír silbar el aire y espera a que salga un chorro continuo de agua para cerrar la llave. Repite este proceso para cada uno de los radiadores del sistema.
Con la calefacción encendida, empieza por el radiador más alejado de la caldera (o el más bajo si son varias plantas), usa una llave para girar la válvula de cada uno en sentido antihorario hasta oír silbar el aire y espera a que salga un chorro continuo de agua para cerrar la llave. Repite este proceso para cada uno de los radiadores del sistema.
Deberás generar una petición técnica a través del Portal del Inquilino y seleccionar como primera tipología Zonas Comunes. A continuación, rellena el formulario indicado y recuerda siempre aportar la mayor cantidad de información posible, así como evidencias visuales que soporten la información suministrada
PISCINAS
Nota importante: Por seguridad estructural de los edificios está completamente prohibida la instalación de piscinas tipo desmontables, hinchables en las cubiertas, terrazas y patios.
La fecha de apertura de la temporada de piscina se comunica a través de un comunicado formal (normalmente vía mail) y en algunas promociones se complementa la comunicación con carteles en las zonas comunes. Este período suele estar comprendido entre mediados de junio y mediados de septiembre, aproximadamente
Deberás generar una petición técnica a través del Portal del Inquilino. Por este medio se te indicará el procedimiento correspondiente para la obtención de los accesos. Ten en cuenta que cada edificio es diferente, por lo que el proceso de entrega de pulseras, carnes, etc. variará dependiendo de la promoción.
Ten en cuenta que atenderte siempre es nuestra prioridad, sin embargo, dependiendo de la tipología de incidencia reportada, el plazo de atención podría variar. Las incidencias que afecten la habitabilidad de la vivienda serán atendidas en el menor plazo posible.
Siempre puedes crear una petición a través del Portal del Inquilino, disponible 24 horas o también puedes llamarnos al 918 317 073 o al 917 936 650 Accede al apartado de peticiones y crea una nueva petición técnica, indicando la categoría y subcategoría según corresponda y cumplimentando los campos.
Debes cancelar una petición solo si la incidencia reportada ha sido un error y no es necesaria la asistencia solicitada. Las peticiones que se han atendido y se han finalizados los trabajos NO deben cancelarse, ya que desde el sistema se darán por finalizada.
Tienes 7 días para reabrir la petición desde el portal del inquilino. Deberás indicar el motivo de reapertura y adjuntar evidencias visuales que soporten la información suministrada. En caso de que la petición se desestimará y no estés de acuerdo con la respuesta, puedes crear una nueva petición agregando la información necesaria.
El ARRENDADOR (propietario) se encargará de todas las reparaciones necesarias para mantener la vivienda en buenas condiciones de habitabilidad, así como del mobiliario. Sin embargo, el ARRENDATARIO (inquilino) será responsable de cualquier daño que tenga su origen en un uso inadecuado, negligencia o dolo, tanto por su parte como por parte de las personas que convivan con él.
Por otro lado, hay pequeñas reparaciones que forman parte del mantenimiento y el uso ordinario de la vivienda y que son responsabilidad del ARRENDATARIO. Esto incluye arreglos en muebles, persianas, iluminación, enchufes, cisterna, grifos, desagües, electrodomésticos de la cocina (como el horno, vitrocerámica, lavavajillas o microondas) y elementos del baño (sanitarios, ducha, etc.).
Desde la firma del contrato, también será responsabilidad del ARRENDATARIO el mantenimiento y las pequeñas reparaciones de la caldera, termo eléctrico o sistema de climatización, ya que es quien los usa en el día a día.
Además, si la caldera necesita una inspección obligatoria, el coste correrá a su cargo y, si inicialmente lo asumiera el ARRENDADOR, se le repercutirá en el recibo del alquiler.
El ARRENDATARIO deberá poner en conocimiento del ARRENDADOR, en el plazo más breve posible, la necesidad de las reparaciones que el ARRENDADOR deba realizar (en cuyo caso deberá facilitarle la verificación directa, por sí o por los técnicos que el ARRENDADOR designe, del estado del inmueble), así como toda usurpación o daño que un tercero haya causado en el inmueble, siendo responsable en ambos casos de los daños y perjuicios que por su negligencia se ocasionasen al ARRENDADOR.
En caso de que el ARRENDATARIO realizase reparaciones en el inmueble sin comunicárselo previamente al ARRENDADOR y sin haber obtenido previamente el consentimiento de éste, los importes que haya asumido el ARRENDATARIO con motivo de dichas reparaciones no serán reembolsados por el ARRENDADOR. Sin perjuicio de lo anterior, en todo momento, y previa comunicación al ARRENDADOR, el ARRENDATARIO podrá realizar aquellas reparaciones necesarias de conservación que sean urgentes para evitar un daño inminente o una incomodidad grave.
Por otro lado, hay pequeñas reparaciones que forman parte del mantenimiento y el uso ordinario de la vivienda y que son responsabilidad del ARRENDATARIO. Esto incluye arreglos en muebles, persianas, iluminación, enchufes, cisterna, grifos, desagües, electrodomésticos de la cocina (como el horno, vitrocerámica, lavavajillas o microondas) y elementos del baño (sanitarios, ducha, etc.).
Desde la firma del contrato, también será responsabilidad del ARRENDATARIO el mantenimiento y las pequeñas reparaciones de la caldera, termo eléctrico o sistema de climatización, ya que es quien los usa en el día a día.
Además, si la caldera necesita una inspección obligatoria, el coste correrá a su cargo y, si inicialmente lo asumiera el ARRENDADOR, se le repercutirá en el recibo del alquiler.
El ARRENDATARIO deberá poner en conocimiento del ARRENDADOR, en el plazo más breve posible, la necesidad de las reparaciones que el ARRENDADOR deba realizar (en cuyo caso deberá facilitarle la verificación directa, por sí o por los técnicos que el ARRENDADOR designe, del estado del inmueble), así como toda usurpación o daño que un tercero haya causado en el inmueble, siendo responsable en ambos casos de los daños y perjuicios que por su negligencia se ocasionasen al ARRENDADOR.
En caso de que el ARRENDATARIO realizase reparaciones en el inmueble sin comunicárselo previamente al ARRENDADOR y sin haber obtenido previamente el consentimiento de éste, los importes que haya asumido el ARRENDATARIO con motivo de dichas reparaciones no serán reembolsados por el ARRENDADOR. Sin perjuicio de lo anterior, en todo momento, y previa comunicación al ARRENDADOR, el ARRENDATARIO podrá realizar aquellas reparaciones necesarias de conservación que sean urgentes para evitar un daño inminente o una incomodidad grave.
Peticiones
Hemos preparado un manual muy conciso para que puedas crear peticiones Técnicas y/o Administrativas cuando lo necesites. Está disponible en el apartado Manuales de Usuario del Portal del Inquilino.
Accede al apartado de peticiones y crea una nueva petición administrativa, indicando la categoría Datos personales, seleccionando la subcategoría que corresponda y cumplimentando los campos.
Para poder realizar la consulta, accede al apartado de peticiones y crea una nueva petición administrativa, indicando la categoría Contratos existentes, seleccionando la subcategoría Solicitud incorporación o baja de titular y cumplimentando los campos, te daremos la información a la mayor brevedad posible
Accede al apartado de peticiones y crea una nueva petición administrativa, indicando la categoría Contratos existentes, seleccionando la subcategoría Solicitud cambio de cuenta bancaria y cumplimentando los campos.
Accede al apartado de peticiones y crea una nueva petición administrativa, indicando la categoría Facturación, seleccionando la subcategoría Solicitud cambio vencimiento de recibos y cumplimentando los campos.
Otras cuestiones generales
Si has cambiado de documento de identidad o de estado civil durante el periodo de alquiler con nosotros te pedimos que nos notifiques el cambio a través de las peticiones de Solicitud de cambio de documento identificativo o de Solicitud de cambio de estado civil. Para tramitar tu solicitud es necesario que nos adjuntes una copia del nuevo documento (por ambas caras) o el documento de cambio de estado civil.
Para cambiar la cuenta corriente donde tienes domiciliados los recibos tienes que crear la petición Solicitud cambio de cuenta bancaria.
Para su tramitación necesitamos:
1) Selecciones la solicitud del cambio igual a Contrato.
2) Nos indiques si eres el titular o no de la nueva cuenta corriente. En el caso de que no seas el titular de la cuenta bancaria, será imprescindible que presentes el documento identificativo vigente del titular y una autorización firmada del mismo.
3) Rellenes correctamente los campos de email y teléfono móvil, imprescindibles para la firma digital del mandato SEPA. Debes acreditar la titularidad de la cuenta bancaria, adjuntando el certificado bancario justificando la titularidad
Para su tramitación necesitamos:
1) Selecciones la solicitud del cambio igual a Contrato.
2) Nos indiques si eres el titular o no de la nueva cuenta corriente. En el caso de que no seas el titular de la cuenta bancaria, será imprescindible que presentes el documento identificativo vigente del titular y una autorización firmada del mismo.
3) Rellenes correctamente los campos de email y teléfono móvil, imprescindibles para la firma digital del mandato SEPA. Debes acreditar la titularidad de la cuenta bancaria, adjuntando el certificado bancario justificando la titularidad
El mandato u orden de domiciliación es el medio por el que el deudor (inquilino) autoriza y consiente al acreedor (arrendador) a:
(a) iniciar los cobros mediante el cargo en la cuenta indicada por el deudor.
(b) autoriza a la entidad del deudor a cargar en su cuenta los adeudos presentados al cobro por la entidad bancaria del acreedor.
El mandato debe estar suscrito por el deudor como titular de la cuenta de cargo o persona en disposición de poder otorgado por éste, antes de iniciar el cobro de los adeudos. El mandato firmado debe quedar almacenado en poder del acreedor mientras esté en vigor, durante el periodo de reembolso, así como durante los plazos que establezca la Ley para la conservación de documentos, una vez cancelado.
(a) iniciar los cobros mediante el cargo en la cuenta indicada por el deudor.
(b) autoriza a la entidad del deudor a cargar en su cuenta los adeudos presentados al cobro por la entidad bancaria del acreedor.
El mandato debe estar suscrito por el deudor como titular de la cuenta de cargo o persona en disposición de poder otorgado por éste, antes de iniciar el cobro de los adeudos. El mandato firmado debe quedar almacenado en poder del acreedor mientras esté en vigor, durante el periodo de reembolso, así como durante los plazos que establezca la Ley para la conservación de documentos, una vez cancelado.
En la petición Solicitud original de factura nos puedes indicar aquellas que necesites. Te recordamos que solo podemos proporcionarte aquellas facturas NO exentas de IVA.
Para el resto de casos, si no se paga el IVA no hay factura disponible. Recuerda que tu banco puede proporcionarte el recibo con todos los conceptos desglosados y que además te sirve de justificante de pago. No obstante, en el Portal hemos puestos a tu disposición las copias de tus recibos.
Para el resto de casos, si no se paga el IVA no hay factura disponible. Recuerda que tu banco puede proporcionarte el recibo con todos los conceptos desglosados y que además te sirve de justificante de pago. No obstante, en el Portal hemos puestos a tu disposición las copias de tus recibos.
Si es de tu interés alquilar una plaza de garaje adicional, puedes crear la petición administrativa en la Categoría, Solicitud de nuevo contrato, y en su Subcategoría, Interesado plaza de garaje no aneja y nos pondremos en contacto contigo lo antes posible.
En estos casos tienes que asegurarte de que los documentos que quieres adjuntar están todos en la misma carpeta y en el formato adecuado.
Recuerda que tienes a tu disposición manuales y vídeos explicativos que te pueden ayudar a manejar el Portal de una forma más ágil y sencilla.
